Es necesario entender que un seguro es algo vivo, por lo que deberemos estar pendientes de que no se quede desactualizado, de cancelarlo si no lo necesito, o de contratar otros nuevos cuando sea necesario.
Seguros de salud
Nos ofrecen asistencia sanitaria, gastos de hospitalización, operaciones quirúrgicas, tratamientos, rehabilitación, asistencia ambulatoria, etc.
Seguros de vida
Son los que nos dan un capital en caso de fallecimiento del asegurado. En algunos casos, podemos contratar también capitales por detección de enfermedad, por incapacidad laboral, discapacidad, pérdida de autonomía, etc. Y es que lo primero que debemos asegurar es la vida, tanto la nuestra como la de nuestros seres queridos.
El seguro de vida no tiene esta finalidad. Lo que pretende es evitar la quiebra familiar derivada de la muerte por cualquier causa de la persona o personas que proveen de la economía a la misma. En definitiva, un seguro de vida nos sirve para recibir una indemnización que permita a la estructura familiar sobreponerse económicamente a la necesidad generada por la pérdida de uno de los miembros.
En un seguro de vida interviene el asegurador, que es la empresa que se compromete a pagar la prestación; el tomador, que es la persona que paga la prima; la prima, que es el coste o precio del seguro; y el asegurado, que es titular objeto del riesgo en cuyo caso de muerte o de supervivencia, o de ambos eventos conjuntamente, el asegurador se obliga a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Seguros de defunción o decesos
Es posiblemente el seguro más popular. Su funcionamiento es muy sencillo; en caso de fallecimiento, la empresa asegurada se encarga de los gastos y servicios derivados: gastos de sepelio, velatorio, traslado de los restos, fosa, lápida, ataúd, entierro, servicio de asesoría y orientación jurídica y/o fiscal, etc. Este seguro nos libera de tener que estar pendiente de todo esto.
Todo esto quiere decir que si nos toca encargarnos a cualquiera de nosotros, es porque el fallecido es una persona muy cercana. En ese momento, no estamos en disposición emocional de estar pendientes de estas gestiones. Tampoco tenemos por qué saber qué es lo que debemos hacer, y por lo tanto es mejor dejarlo en manos de profesionales.
Seguros de accidente
Un seguro de accidente es aquel que garantiza una indemnización económica y/o prestación de servicios (rehabilitación, diagnósticos, etc.) en caso de accidente. Ese accidente puede ser laboral o producirse durante la actividad privada (haciendo deporte, lavando el coche, bajando unas escaleras, etc.). El interés asegurable es, por un lado, paliar la merma económica, y por otro lado que el accidentado reciba el tratamiento médico que precise, en función de la gravedad de las lesiones.
Respecto a la merma económica, esta puede tener dos naturalezas: los gastos generados por las consecuencias del accidente o la falta de productividad profesional. Si el accidente provoca una baja laboral y el asegurado es trabajador por cuenta propia, el descenso de los ingresos puede ser considerable.
Seguros de incapacidad laboral
Nos cubren en caso de que una enfermedad común o grave o un accidente, provoque una baja que a su vez provoque una pérdida de ingresos. Es especialmente necesario en aquellos casos en los que las personas que trabajan por cuenta propia o aquellos que trabajan por cuenta ajena con parte de su salario en concepto de bono, incentivo, horas extra, o cualquier concepto susceptible de verse reducido como consecuencia de una baja prolongada.
Existen diferentes tipos de seguros, con diferentes modalidades de aseguramiento y de coberturas, tanto en prestación de servicios sanitarios (tratamiento ambulatorio, hospitalario, cirugía, etc.) como en indemnización en función de los días de baja, la enfermedad o las lesiones.
Seguro del hogar
Un seguro de vivienda tiene que aportarnos la tranquilidad de que el espacio más importante de nuestra vida está protegido frente a imprevistos. Dicho de otra manera, ante cualquier imprevisto vamos a tener una rápida solución. Es importantísimo que tengamos presente el hecho de que la respuesta sea rápida.
¿Cuánto tiempo estaría dispuesto a estar sin calefacción, sin la posibilidad de ducharse, calentar un biberón, sin poder encender la luz o viviendo en casa de un familiar porque la reparación del siniestro se demora? Este seguro protege a los inquilinos o propietarios de una vivienda contra las pérdidas económicas que puedan sufrir los asegurados o los terceros perjudicados, derivadas de una gran variedad de riesgos.
El tomador del seguro se obliga al pago de la prima, pero, si se produce un accidente o daño, a cambio la aseguradora tendrá que afrontar los gastos, pagar una suma de dinero o tendrá que ofrecer otras prestaciones, según las coberturas contratadas en la póliza del seguro.